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DERECHO CIVIL

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INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS

El artículo 115 del Reglamento de Investigaciones Sumarias Administrativas de las Fuerzas Armadas establece que: "En todas estas Investigaciones Sumarias Administrativas se dejará constancia del valor actual de las especies y/o el costo de reparación cuando fuere posible. En aquellos casos en que la indagatoria determine que les cabe responsabilidad a funcionarios o ex funcionarios por el perjuicio causado al patrimonio fiscal, deberá verificarse la existencia de pólizas de fidelidad funcionarias, cauciones o seguros que puedan hacerse efectivos y de no existir los mismos, o bien de ser insuficientes para cubrir el perjuicio causado, deberán efectuarse las gestiones pertinentes para hacer exigible su responsabilidad a través de los Tribunales Ordinarios de Justicia o ante el Tribunal de Cuentas de la Contraloría General de la República, según corresponda."

Así las cosas, si usted es encontrado responsable administrativamente de la pérdida o destrucción de una especie de cargo fiscal, y habiéndose determinado su valor en la respectiva ISA, se le puede cobrar dichos montos a travpes de los Tribunales Ordinarios de Justicia o ante el Tribunal de Cuentas de la Contraloría General de la República.

Nuestros abogados, asumirán su representación judicial, velando por sus derechos, ya que una cosa es la supuesta responsabilidad administrativa, y otra es la responsabilidad disciplinaria en los hechos investigados.

Si tiene un problema legal referido al contenido de esta página, contáctenos y un abogado le responderá a la brevedad.

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